martes, 1 de marzo de 2016

Comisiones inmobiliarias: denunciarán el aumento

El Colegio de Corredores de la Ciudad las fijó en dos meses de contrato, pese a que una ley porteña establece que sólo se paga un mes. Organizaciones de inquilinos presentarán un amparo a la medida esta semana.



Un nuevo giro se suma a la polémica por las comisiones inmobiliarias. Ahora, el Colegio Único de Corredores de la Ciudad (CUCICBA) emitió una resolución que indica que esa suma de dinero debe ser equivalente a dos meses de contrato. Es decir, el doble que lo establecido por la ley porteña 2.340. La medida ya es resistida por organizaciones de inquilinos, que presentarán un amparo esta semana.

Para el Colegio, la norma que define cuánto se paga en calidad de comisión es el recientemente renovado Código Civil y Comercial, que en su artículo 1.255 establece que los honorarios profesionales se pactan libremente. Frente a esa situación, a través de la resolución 350, la entidad fijó en dos meses el límite al precio de ese servicio.

“El Colegio pidió un informe a un estudio de abogados para ver cuál era la norma aplicable, y este interpretó que lo que vale es el Código Civil y no la ley 2.340. Por eso, decidimos ponerle un límite a esta contratación indefinida y lo fijamos en dos meses”, explica Héctor D’Odorico, presidente del organismo y también de la inmobiliaria que lleva su apellido. Desde su punto de vista, el objetivo de la resolución fue transparentar las operaciones.

Para el Frente de Inquilinos Nacional (FIN), que nuclea organizaciones de locatarios en todo el país, la interpretación es otra. “El detalle que no menciona el Colegio es que las leyes que regulan las comisiones son provinciales o locales, aprobadas por cada legislatura, con porcentajes diferentes en cada caso”, sostiene Gervasio Muñoz, referente de la agrupación.

La novedad tuvo gran repercusión, y no es para menos: de los más de un millón de hogares porteños, un tercio está ocupado por un inquilino, según datos del Gobierno de la Ciudad. Es decir, 370.000 viviendas son alquiladas, la mitad de ellas a través de inmobiliarias, de acuerdo a estimaciones del FIN.

Sin embargo, desde el Colegio minimizaron la noticia y aclararon que la medida“es sólo una recomendación a sus matriculados”. Para Muñoz, en cambio, con esta resolución “ahora el inquilino va a pensar que pagar dos meses de comisión es legal”. En su opinión, “se está empastando la discusión pública, después del reclamo de los inquilinos y de la polémica que generó el tema en los medios”.

Lo que el Colegio sí concede es que “debería haber una ley que reglamente esto de forma clara”. “Toda la vida el locatario fue el más débil, esto no se descubrió en febrero de 2016”, reconoce D’Odorico. Una realidad que, por ahora, no parece que vaya a cambiar.


Presentación del Frente de Inquilinos

El Frente de Inquilinos Nacional (FIN) presentará esta semana un recurso de amparo ante la Justicia porteña “para demostrar que la resolución 350 del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad (CUCICBA) es inconstitucional porque la Ley 2.340 sigue vigente”, precisó Gervasio Muñoz, referente del Frente y también de la agrupación local Inquilinos Agrupados.


Ley 2.340 y Código Civil: qué monto fijan

La Ley 2.340 de 2007, que regula las locaciones en la Ciudad, dispone en su artículo 57 que las comisiones no pueden superar el 4,15 por ciento del valor total del contrato, lo que equivale a sólo un mes de alquiler y no a dos, como fija la nueva resolución del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad (CUCICBA). El Código Civil de 2015 precisa por su parte en el artículo 1.255 que “las leyes arancelarias no pueden cercenar la facultad de las partes de determinar el precio de las obras o de los servicios. Cuando dicho precio debe ser establecido judicialmente sobre la base de la aplicación de dichas leyes, su determinación debe adecuarse a la labor cumplida por el prestador”. Es decir, según destaca el Colegio, que los honorarios profesionales se pactan libremente.

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